Bruselas critica sistema de doble registro en alquileres turísticos de España

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Madrid
La Comisión Europea ha señalado que el sistema de doble registro para alquileres turísticos en España es inadmisible y viola el Reglamento STR. Bruselas ha dado a España un plazo de cinco meses para ajustar su normativa y garantizar que los registros sean únicos y compatibles con la legislación de la Unión. Además, advierte sobre la imposición de requisitos adicionales a plataformas digitales y refuerza que la supervisión corresponde a la CNMC. La medida busca armonizar el mercado interior y evitar duplicidades que afectan la competencia y el cumplimiento legal.

Puntos Clave

  • Bruselas considera inadmisible el sistema de doble registro en España para alquileres turísticos.
  • El plazo otorgado por la Comisión Europea para realizar cambios es de cinco meses.
  • El Reglamento STR prohíbe que una unidad de alojamiento tenga más de un procedimiento de registro.
  • Se advierte que las plataformas digitales no pueden ser obligadas a mostrar números de registro que no cumplen la normativa europea.
  • La responsabilidad de supervisar y sancionar recae en la CNMC, no en los ministerios nacionales.

La Comisión Europea cuestiona la normativa española sobre alquileres turísticos

Bruselas ha emitido una advertencia formal respecto al sistema de doble registro que actualmente rige en España para los alquileres de corta duración. La Comisión Europea considera que esta práctica contraviene el Reglamento STR, que establece que una misma unidad habitacional no puede estar sujeta a más de un procedimiento de registro.

Plazo y requisitos de ajuste

En un comunicado oficial, Bruselas ha dado a las autoridades españolas un plazo de cinco meses para modificar su normativa y garantizar que todos los registros sean únicos y compatibles con la legislación de la Unión Europea. La normativa actual combina registros autonómicos, locales y una ventanilla única digital que identifica más de 86.200 pisos ilegales.

Recomendaciones y limitaciones

"No se puede exigir a las plataformas digitales requisitos nacionales que excedan lo establecido en la normativa comunitaria"

La Comisión también advierte que bajo el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), España no puede imponer requisitos adicionales a las plataformas, ni exigirles mostrar números de registro que no cumplen con el marco legal europeo. La supervisión y las sanciones en este sector deben recaer exclusivamente en la CNMC, que desde enero de 2024, actúa como coordinadora de servicios digitales en España.

Implicaciones para el mercado interior

El procedimiento TRIS se aplica para prevenir cambios normativos que puedan afectar la libre circulación de servicios y el mercado interior, reforzando la necesidad de armonización y cumplimiento de las normativas europeas en todos los Estados miembros.