Cuándo un autónomo con ingresos bajos debe darse de alta en el RETA

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Sabadell
La jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que tener ingresos bajos no exime automáticamente de la obligación de alta en el RETA. La clave está en la habitualidad, continuidad, organización y finalidad económica de la actividad. Incluso con ingresos inferiores al SMI, si la actividad es recurrente y con intención de beneficio, el autónomo debe darse de alta. La sentencia también distingue las condiciones para pensionistas, quienes solo deben cotizar si sus ingresos superan el SMI. Es fundamental consultar con expertos para evitar sanciones y cumplir con la normativa vigente en estos casos.

Puntos Clave

  • Ganar menos del SMI no elimina automáticamente la obligación de darse de alta en el RETA.
  • El criterio principal para determinar la obligación es la habitualidad y continuidad de la actividad.
  • La habitualidad se evalúa por continuidad, organización mínima y finalidad de beneficio.
  • Para pensionistas, si los ingresos netos no superan el SMI, no es necesario cotizar ni darse de alta.
  • La valoración de ingresos debe hacerse en términos netos, descontando gastos necesarios.

Requisitos para el alta en el RETA según la jurisprudencia del Tribunal Supremo

La obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no está vinculada únicamente a la cantidad de ingresos, sino a la naturaleza y habitualidad de la actividad económica.

En los últimos años, ha surgido la duda sobre si quienes obtienen rendimientos bajos deben inscribirse en este régimen. La sentencia del Tribunal Supremo (STS n.º 941/2025, de 10 de julio de 2025) aclara que, independientemente del ingreso, una actividad habitual requiere alta en el RETA.

¿Qué determina la obligatoriedad de alta en el RETA?

La habitualidad y continuidad

El tribunal establece que ganar menos del SMI no exime automáticamente de la obligación de alta. La clave radica en si la actividad es recurrente o continúa, aunque los ingresos sean bajos.

Se debe evaluar si existe una estructura mínima y una clara finalidad de obtener beneficios. La regularidad y organización de la actividad son criterios fundamentales para decidir si debe hacerse el alta.

Condiciones específicas para pensionistas

Para pensionistas, la normativa establece que si los ingresos netos no superan el SMI, no están obligados a cotizar ni a darse de alta en el RETA. Esta regla proporciona una mayor seguridad jurídica y permite compatibilizar pensión y trabajo autónomo en condiciones favorables.

"El ingreso inferior al SMI no elimina, por sí solo, la obligación de alta en el RETA."

Valoración de los ingresos y recomendaciones prácticas

El tribunal aclara que los ingresos deben valorarse en términos netos, es decir, después de deducir gastos. Esto refleja la verdadera capacidad económica del trabajador.

Para los autónomos no pensionistas, si la actividad es habitual y recurrente, el ingreso, aunque sea bajo, puede requerir alta. En cambio, actividades ocasionales o puntuales, con poca estructura, suelen estar exentas.

En conclusión, ante la complejidad de la normativa, es recomendable consultar con un asesor profesional para garantizar el cumplimiento y evitar sanciones.